A todos los
clientes y usuarios de EMAHSA que cumplan los siguientes requisitos,
se les aplicará los siguientes precios en las cuotas variables de
agua:
- Bloque
primero, hasta 2 m3 por vivienda y mes. |
0,222 €/m3 |
- Bloque
segundo, desde 2 m3 hasta 10 m3 por vivienda y mes. |
0,339 €/m3 |
- Bloque
tercero, desde 10
m3
hasta 18 m3
por vivienda y mes. |
1,080 €/m3 |
- Bloque
cuarto, más de 18 m3 por vivienda y mes. |
1,514 €/m3 |
c.1)
Pensionistas y Jubilados
1.
La
unidad familiar que constituyan no supere ingresos anuales equivalentes
a 1'5 veces el Salario Mínimo Interprofesional (S.M.I.)
2.
Tengan
un único suministro a su nombre, siendo éste el domicilio habitual y
estando a su nombre la póliza de suministro.
3.
No
convivan con otras personas con rentas contributivas.
4.
Que
estén al corriente de pago del suministro de abastecimiento y
saneamiento.
Deberán presentar,
junto a la solicitud de acogerse a este criterio:
- D.N.I. del titular del suministro.
- Certificado de ingresos.
c.2)
Familias
Numerosas
1.
Tener el
título de familia numerosa que otorga la Consejería de Igualdad y
Bienestar Social.
2.
Tengan
un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.
3.
Que
estén al corriente de pago del suministro de abastecimiento y
saneamiento.
Deberán presentar,
junto a la solicitud de acogerse a este criterio:
- D.N.I. del titular
del suministro.
- Título de familia
numerosa que otorga la Consejería de Igualdad y Bienestar Social.
c.3)
Familias
con todos sus miembros en situación de desempleo (por períodos máximos
de un año, renovables por aportación documentación)
1.
Que sean
titulares de un único suministro, para el que se solicita este criterio,
y esté destinado a vivienda habitual del titular.
2.
Que el
titular forme parte de una unidad familiar en la que todos sus miembros
estén en situación de desempleo.
Se considerarán en
situación de desempleo aquellos solicitantes y miembros de la unidad
familiar que, sin tener la condición de pensionista, no realicen ninguna
actividad laboral por cuenta propia o ajena.
3.
Que
estén al corriente de pago del suministro de abastecimiento y
saneamiento.
4.
Que la
unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales
equivalentes a 1,5 veces el S.M.I.
Deberán presentar,
junto a la solicitud de acogerse a este criterio:
- D.N.I. del titular
del suministro.
- Certificado expedido
por el Excmo. Ayuntamiento de Huelva, con lista de empadronados en el
domicilio del suministro.
- Fotocopia del libro
de familia (en caso de unidades familiares de dos o más miembros).
- Documento
acreditativo de la situación de desempleo de todos los miembros mayores
de edad de la unidad familiar.
- Modelo de declaración responsable,
a facilitar por EMAHSA, haciendo figurar en la misma los componentes de
la unidad familiar, autorizando la comprobación de los datos relativos a
su condición de desempleado, en los correspondientes registros públicos
y, en su caso, de las Mutualidades de Previsión Social alternativas. |